CG ABOGADOS & CONSULTORES
Consultorías, Capacitaciones y Asesoría Jurídica General
DISEÑO DEL PLAN DE MOVILIDAD SUSTENTABLE DEL CANTÓN SAN FERNANDO
Mediante contrato de consultoría celebrado con el Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal de San Fernando, a partir del mes de noviembre del año 2015, la oficina "CG Abogados & Consultores" se encuentra realizando el estudio técnico de "Elaboración de Dieño del Plan de Movilidad Sustentble para ejercer las competencias tipo B de Tránsito, Transporte Terrestre y Seguridad Vial del cantón San Fernando" en el cual se analizará y recomendará todos los escenarios y modelos de gestión, así como la normativa correspondiente para un adecuado Sistema de Movilidad. En el plan se diseñará los nuevos sentidos viales, señalización, semaforización, estudio de oferta y demanda de transporte y demás aspectos propios de un Plan de Movilidad.
Este estudio se realiza con la finalidad de organizar el tránsito del cantón, surgido como consecuencia del crecimiento económico y poblacional de San Fernando y para dotar de transporte a todas las comunidades y barrios del cantón garantizando la accesibilidad y la ininterrumpida prestación del servicio. Sobre todo al ser una nueva competencia que va a ejercer el cantón en todos los componentes, salvo control operativo de tránsito.


CODIFICACIÓN Y ACTUALIZACIÓN DE ORDENANZAS DEL GAD MUNICIPAL DE GUALACEO
Mediante contrato de prestación de servicios profesionales, en calidad de consultor subcontratista , a partir del mes de noviembre del año 2015, la oficina "CG Abogados & Consultores" se encuentra realizando la actualización y codificación de las ordenanzas administrativas que ha emitido el Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal de Gualaceo, en todos sus ámbitos y competencias.
Este estudio se realiza con la finalidad de poseer una nortiva seccional armónica con el ordenamiento jurídico ecuatoriano, tras las diferentes reformas, sobre todo acoplarlas al Código Orgánico de Ordenamiento Territorial, Autonomía y Descentralización al dejar sin efecto a la Ley de Régimen Municipal; además para mejorar la normativa en cuanto a su contenido y redacción para una mejor operatividad y aplicación de la misma.
ACTUALIZACIÓN DE PLAN DE MOVILIDAD DE SANTA ISABEL
Mediante contrato de consultoría celebrado con el Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal de Santa Isabel, a partir del mes de abril del año 2015, la oficina "CG Abogados & Consultores" se encuentra realizando el estudio técnico de "Actualización del Plan de Movilidad del cantón Santa Isabel" en lo concerniente a la implementación del Sistema de Estacionamiento Rotativo Tarifado, con parqueadero público y además en lo pertinente al transporte terrestre que presta un servicio público, sobre todo el estudio de necesidad (oferta, demanda y paraderos) de transporte, para así determinar el número de unidades exacto que se requiere para el transporte terrestre comercial tipo taxi, mixto y carga liviana y para el transporte terrestre público colectivo en bus con servicio combinado con establecimiento de frecuencias y rutas como el eje vertebral del sistema de movilidad del cantón.
Este estudio se realiza con la finalidad de organizar el tránsito tan caotizado del cantón a lo largo de los últimos años, surgido como consecuencia del crecimiento económico de Santa Isabel y para dotar de transporte a todas las parroquias, comunidades y barrios del cantón garantizando la accesibilidad y la ininterrumpida prestación del servicio.
CAPACITACIONES A GADS MUNICIPALES
En las instalaciones de la Agencia Nacional de Tránsito del Azuay, por su invitación la oficina "CG Abogados & Consultores" en compañía de "Makma Fill Estudio Creativo Cia. Ltda." brindó capacitaciones a todos los Gobiernos Autónomos Descentralizados Municipales, a Alcaldes y Directores de Tránsito Municipales, salvo del cantón Cuenca; acerca de las competencias de movilidad, tránsito, transporte y seguridad vial que han asumido con la finalidad de que conozcan todos los estudios técnicos y cuerpos normativos que requieren para un efectivo ejercicio y operatividad de la competencia.
Además se planteó las diferentes campañas infocomunicacionales que requieren implementar para una mejor seguridad vial cantonal, que a su vez promueva los deberes y derechos de los actores de la movilidad.


CAPACITACIÓN A GUARDIA CIUDADANA
Para el Consejo de Seguridad Ciudadana, la oficina "CG Abogados & Consultores" en calidad de Subcontratista, en la parroquia de Cerecita, de la ciudad de Guayaquil capacitó a personal de la Guardia Ciudadana Policía Municipal, del cantón Cuenca, en todo lo referente a la normativa nacional y local que les compete conocer en el ejercicio de sus funciones; entre otros Constitución, Derechos Humanos, COOTAD, COIP y Ordenanzas Municipales.
LETRA DE CAMBIO-DEMANDADO
En estos días la oficina "CG Abogados & Consultores" defendió el caso en el cual CMS demando a nuestro cliente VMJ, por el pago del capital e intereses producto de una letra de cambio, por tener supuestamente la calidad de garante de AJJ. La tesis de defensa fue que VMJ no suscribe ninguna letra de cambio, que si bien AJJ como medida cautelar de carácter real hipotecó el bien inmueble de la sociedad conyugal que mantenía con VMJ, por sus propieos derechos y en calidad de mandataria del mismo; en el proceso en ningún momento se justifica que la cambial (letra) haya sido suscrita en calidad de mandataria AJJ de VMJ, por lo que se acepta parcialmente la demanda solo en contra de ella y el bien inmueble es afectado solo en la porción de la sociedad conyugal de AJJ, quedando la parte de VMJ en su propiedad, al estar ya divorciados.
ACCIÓN PENAL PRIVADA
En estos días la oficina "CG Abogados & Consultores" defendió el caso en el cual en ejercicio de la acción penal privada MCM querelló a WES por supuesta calumnia de haber realizado una falsa imputación de un delito de libar en horas de trabajo y causar inestabilidad laboral según lo establece el artículo 182 del Código Orgánico Integral Penal. En este sentido fue que nuestra defensa a más de demostrar fehacientemente que no existe responsabilidad de nuestro cliente al justificar que los hechos no ocurrieron en la forma en la que el querellante argumentó, básicamente se fundamentó en la inexistencia del delito de calumnia, ya que para que exista el mismo se requiere de que con fijación de lugar, hora y circunstancia se realice una imputación falsa de un delito establecido en el Código Orgánico Integral Penal, por lo que al no existir el tipo penal de libar en horas de trabajo y causar inestabilidad laboral no pudiera existir el delito de calumnia y por tanto el nexo causal requerirdo por la ley. Criterio que fue acogido por la juzgadora de forma íntegra ratificando el estado de inocencia de WES.
